martes, 2 de febrero de 2010
El concejal Rizzi propone una ciudad más limpia.
MERECEMOS UNA CIUDAD LIMPIA; EL QUE ENSUCIA DEBE SER SANCIONADO.
De esta forma se expresó el Concejal Fernando Rizzi, del Bloque de la U.C.R., al fundamentar un proyecto de Ordenanza de su autoría que agrega un nuevo párrafo a uno de los artículos del Código Contravencional, a fin de que se puedan imponer multas a quien arrojare en cualquier forma a un espacio público –aceras, calzadas, espacios verdes, playas, etc.- cualquier especie de residuo.
"Si bien hay ya una norma vigente, la misma resulta genérica, por lo que creemos que resulta oportuno especificar que es sancionable cualquier arrojo al suelo de cualquier residuo, y establecer multas adecuadas para estas infracciones de pequeña escala, que pueden rondar entre los 100 y los 400 pesos", señaló el autor de la iniciativa.
Rizzi consideró que se "debe reforzar la educación ambiental, la colocación de cestos, el control de panfletos repartidos por promotores, y la entrega de volantes de oferta sexual, como lo establecen hoy las Ordenanzas". Pero que ello solo no resulta suficiente "para mejorar la ansiada higiene que los habitantes de General Pueyrredon nos merecemos" "Las sanciones también tienen un efecto imprescindible para disuadir a quien ensucia de hacerlo, porque arrojar papeles o residuos a la vía pública es un acto insolidario, irrespetuoso y antisocial, porque atenta contra el hábitat de todos" aseveró.
"Los espacios públicos del Partido de General Pueyrredon, exhiben, tristemente, las consecuencias de quienes resultan desaprensivos en el cuidado de la higiene, y entre otras conductas insolidarias e irrespetuosas del prójimo, arrojan residuos a la vía pública, plazas, playas y paseos. Ello genera una permanente imagen de descuido y suciedad en distintos sectores, requiriendo el reforzamiento de los servicios de higiene urbana –limpieza, barrido, etc.-, a costo del erario público sostenido por todos"
"La mayoría de los residuos que se retiran por barrido son producidos por los transeúntes que descartan volantes de publicidad, envases vacíos, envoltorios, paquetes de cigarrillos, botellas, alimentos, pañales, bolsas, arrojados en lugares no destinados a ello"
"Si bien el Municipio como contraprestación por la percepción de las tasas municipales debe cumplir con las obligaciones a su cargo, a la comunidad también le compete asumir su cuota parte de responsabilidad para contribuir al bienestar general. EL IDEAL NO DEBE SER QUE LA MUNICIPALIDAD LIMPIE MAS, SINO QUE LA POBLACION ENSUCIE MENOS", enfatizó.
Establece el actual artículo 43º de la Ordenaza 4544 (Código Contravencional) que “Será penado con multa del 0,35 al 40 % y/o clausura hasta 15 días, y/o decomiso, y/o arresto hasta 30 días, el arrojo o depósito de basura, desperdicios animales muertos o enseres domésticos en la vía pública, terrenos baldíos, casas abandonadas, u otros lugares públicos o privados donde se hallaren prohibidos tales hechos”. Sobre este texto trabajamos, afinando la redacción para que queden claramente comprendidos, con sanciones menores por la escala de la contravención, todos los hechos de arrojar cualquier residuo a un espacio público".
"Lamentablemente, por mas educación ambiental que generemos, si no hay una sanción que muestre su contracara frente a conductas disvaliosas, no mejoraremos demasiado. Y creo, sinceramente, que a nadie hay que enseñarle demasiado que ensuciar la ciudad de todos es una conducta que está mal, y que nos daña como sociedad", disparó el Concejal Rizzi.
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