martes, 15 de junio de 2010
LA CORTE RATIFICÓ LA VIGENCIA DE LA LEY DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
El máximo tribunal rechazó hoy por unanimidad la medida cautelar dictada en Mendoza, por la que la norma está vigente.
La decisión, que dejó sin efecto la resolución provisoria dictada a pedido del diputado nacional Enrique Thomas, fue "unánime" y la suscribieron los siete jueces del máximo tribunal.
La Corte concluyó que un diputado "no tiene legitimación para reeditar en sede judicial un debate que perdió en el Congreso".
Fuentes vinculadas a la causa señalaron que la decisión de la Corte constituye "un mensaje para los que gobiernan con medidas cautelares".
La Corte consideró que "una cautelar que suspende la vigencia de la totalidad de una ley con efectos generales para toda la población es incompatible con la división de poderes y la razonabilidad".
El máximo tribunal aclaró que el fallo "no se relaciona con la valoración constitucional del contenido de la ley 26.522, sino con la validez de una medida cautelar que suspende la totalidad de sus efectos, con fundamento en presuntas irregularidades en el trámite parlamentario".
El diputado Thomas, del Peronismo federal, había solicitado la medida como "ciudadano" y como legislador, pero la Corte sostuvo que carecía de legitimidad en ambos casos.
La Corte Suprema señaló que una ley invocando la calidad de ciudadano "debe demostrarse un perjuicio diferenciado", y destacaron que Thomas no probó tener un interés concreto "ya que el Poder Judicial no hace el control de la legalidad de las leyes de manera abstracta".
Con relación a la condición de Thomas para pedir la medida provisoria como "diputado", la Corte evaluó que "es en el Congreso donde se debe dar el debate", ya que "están en discusión los derechos, inmunidades y prerrogativas que el asisten en su condición de legislador".
Si se hiciera lugar a lo que pide Thomas "quien no actúa en representación de la Cámara (de Diputados), se arribaría al irrazonable resultado de extender una medida judicial a sujetos que solo no la han solicitado, sino que, incluso, podrían no compartirla".
La ministra Carmen Argibay suscribió un voto propio, concurrente y con argumentos similares a los de la mayoría, y concluyó que "entiendo que debe rechazarse la legitimación activa del diputado nacional Thomas en tanto en su demanda pretende obtener la derogación de una ley, medida que, en principio, no se encuentra comprendida entre los remedios que los tribunales nacionales pueden otorgar como reparación por la violación de derechos individuales...".
El ministro Enrique Petracchi también suscribió un voto propio y concurrente con iguales argumentos, señalando la ausencia de legitimación del reclamante y la falta de razonabilidad de la medida.
La ley obtuvo media sanción en Diputados el 17 de septiembre último, con 147 votos del frente para la Victoria y aliados, 3 en contra y 3 abstenciones, y hubo 104 legisladores ausentes de la UCR, la Coalición Cívica, el PJ disidente, el Pro y el cobismo.
Finalmente la ley se aprobó en general el 10 de octubre pasado en el Senado, con 44 votos positivos contra 24 negativos.
La nueva ley determina "la regulación de los servicios de comunicación audiovisual en todo el ámbito territorial de la Argentina y el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia" que "tienen como fines el abaratamiento, la democratización y la universalización de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación".
Fuente: agencia Télam.
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