El máximo tribunal se reunió en dos oportunidades y al cabo del último
encuentro decidió rechazar la presentación del gobierno, al confirmar
que el juez Alfonso deberá expedirse sobre el artículo 161.
La Corte Suprema de Justicia confirmó que el juez Civil y Comercial
federal Horacio Alfonso deberá expedirse sobre la constitucionalidad del
artículo 161 de la Ley de Medios, al rechazar el per saltum presentado
por el gobierno nacional para que resuelva sobre la extensión de la
medida cautelar dispuesta a favor del Grupo mediático, que mantiene
suspendida la plena aplicación de la norma.
Previamente, los miembros de la Corte buscaron acuerdo con la presencia
plena de todos los jueces, incluso adelantando un día antes la habitual
fecha de los martes.
La medida cautelar interpuesta por Clarín frena la plena aplicación del
artículo 161 de la norma, que obliga a los licenciatarios a desprenderse
de las que excedan el cupo de 24 permitido en cable y las 10 en canales
de aire.
A fines de noviembre, la propia Corte había ordenado al juez Alfonso,
que trabaja en el amparo del Grupo Clarín contra la aplicación del
artículo 161 de la Ley de Medios dicte una "sentencia definitiva de
inmediato", y al mismo tiempo no hizo lugar al planteo para extender la
medida cautelar más allá del 7 de diciembre, aunque el jueves pasado la
Sala de la Cámara Civil y Comercial extendió el amparo que beneficia al
grupo mediático.
Tras esta decisión de la Corte, el juez Alfonso deberá decidir sobre la
denominada "cuestión de fondo" de la constitucionalidad o no del
artículo en cuestión.
Fuente: Télam
lunes, 10 de diciembre de 2012
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