jueves, 13 de octubre de 2011

BOLIVIA ESCRIBE HISTORIA UNA VEZ MÁS: ELECCIÓN DE JUECES POR VOTO POPULAR.


por Javier Tolcachier*

El próximo domingo 16 de Octubre los bolivianos irán nuevamente a las urnas. La convocatoria en esta oportunidad es muy especial y hará que los votantes sean protagonistas de un hecho universalmente novedoso. Se trata de la elección de los cincuenta y seis máximos magistrados judiciales del país por voto directo del pueblo.

Pressenza, La Paz. Es posible que esta noticia de relevancia histórica en el campo de la institucionalidad política de los estados, no tenga la cobertura adecuada a su estatura. También es altamente probable que a lo intencionalmente inadvertido se sume lo maliciosamente subvertido. Esto es, que al silenciamiento de lo positivo, los medios corporativos agreguen – en el caso de reportar el evento – una mirada alineada con sus intereses o los de las empresas que los financian con publicidad, tanto en Bolivia como en otros lugares.
A modo de ejemplo, el diario español de mayor tirada titularía pocos días antes del memorable suceso: “Morales organiza unas elecciones para controlar la cúpula judicial en Bolivia”. Titular que aparecería en la sección internacional precisamente en un día simbólico: 12 de Octubre, fecha denostada en el ámbito cultural latinoamericano por representar quinientos años de expolio y de sojuzgamiento objetivo y subjetivo de los pueblos originarios de esa región a manos de los mismos que luego de un nuevo intento en los 90’ tuvieron que vérselas con su propio fracaso. Del mismo modo podría haberse titulado un bando de la Audiencia de Charcas, a cargo de la administración de justicia a las órdenes de la Corona española, previo a la insurrección republicana del siglo XIX.
Pero sabidas son las dificultades por las que pasa el sistema defendido y sostenido por ese periódico, por lo que no abundaremos en comentar lo insostenible. Vamos a lo nuestro que es informar sobre los avances humanos en todos los campos.
Los más de cinco millones de electores bolivianos definirán con su voto - entre titulares y suplentes - a 18 magistrados para el Tribunal Supremo de Justicia, 14 para el Tribunal Constitucional Plurinacional, 14 para el Tribunal Agroambiental y 10 miembros para el Consejo de la Magistratura. Esto es una consecuencia del mandato de la Nueva Constitución Política del Estado, señalado en sus artículos 182-I, 188-I, 194-I y 198.
Esta refundación judicial obedece en su espíritu simultáneamente a varios motivos. Por una parte, se destacan el alto grado de ineficiencia y corrupción reinante en el ámbito judicial. En el ámbito penal, actualmente un 80% de los 7000 presos en Bolivia no tiene condena firme. Pero la gran mayoría de los casos son los de carácter civil y resultan atrapados en una trampa de burocracia y sobrecarga tribunalicia que impide una pronta resolución de los mismos. Esta lentitud endémica al sistema favorece al mismo tiempo la generalización del llamado “impulso procesal”, que no son sino los montos de dinero (denominados “coimas”) que se entregan a los diversos estamentos para “acelerar los trámites”.
Pero esta “pequeña” (aunque molesta) corrupción no es nada si se tiene en cuenta a la “gran corrupción” de un sistema que se ha constituido desde siempre a través del nepotismo, del padrinazgo o del reparto político de las funciones judicativas.
Claro está que nada de esto es patrimonio exclusivo de Bolivia, sino que se replica una y otra vez a lo largo y ancho del planeta. Así comenta esta pandemia el Dr. Cevey, investigador argentino del Centro de Estudios Humanistas Ténetor en su libro “Derecho Humano”: “Se accede al majestuoso poder por parentesco con alguien que ya está inmerso en el sistema, por amistad con algún político, por obsecuencia con el poder económico, por influencias del poder clerical, por pertenecer al semillero de jueces que son los grandes estudiosos jurídicos al servicio del capital financiero y hasta porque verdaderamente se es erudito y se tiene la capacidad necesaria para el ejercicio del cargo”. Más adelante, en el mismo texto y con referencia a los privilegios reservados al sector, Cevey afirma: “El cargo vitalicio, el salario intangible, la exención tributaria pretenden fundamentarse en la “independencia de poderes” ¿De qué independencia se está hablando? nos preguntamos con el investigador.
A esta altura, no podemos sino excedernos en el tamaño y alcance de un simple artículo periodístico y remitirnos a cierto hilo histórico, quizás aburrido para el lector pero acaso necesario para una comprensión más acabada del tema.
La famosísima “separación de poderes” con la que suele fundamentarse parte del estado de derecho actual, es comúnmente atribuída a Charles de Secondat, más conocido por su título nobiliario, barón de Montesquieu. Este pensador (quien durante diez años fue presidente del parlamento de Bordeaux – ciudad sumamente rica a comienzos del siglo XVIII sobre todo por el comercio de esclavos entre África y la principal colonia francesa Santo Domingo (el actual Haití) - proponía en su obra “Del espíritu de las leyes” la separación de poderes como un sistema de contrapesos y balances para evitar la predominancia de unos sobre otros. El trabajo se inspira en el análisis de la Antigua Roma y mucho más cercanamente en la visión del empirista inglés Locke y la por entonces (y aún hoy) vigente monarquía constitucional inglesa, la cual sería el modelo a seguir por el sector más burgués de la revolución francesa. Además, en su trabajo Montesquieu refleja la impronta newtoniana de atracciones y equilibrios que tanta influencia tendría en el pensar y el vivir de las generaciones humanas subsiguientes.
Lo más curioso es que tal separación de poderes no existió nunca, pese a las bondades proclamadas. El visionario Silo, en sus “Cartas a mis Amigos”, lo explica así: “La teórica independencia entre poderes es un contrasentido. Basta pesquisar en la práctica el origen y la composición de cada uno de ellos para comprobar las íntimas relaciones que los ligan”. Ya en 1993, la formación política que surgiera de la orientación de este inspirado, el Partido Humanista, incorporaba a su plataforma la elección directa de jueces por sufragio universal. Mientras en aquella Argentina gobernada por Carlos Menem la prensa tildaba a los militantes humanistas de “utópicos” - palabra que por entonces era pecado capital en el reinante esquema mercadotécnico y pragmático - uno de los funcionarios más prominentes, de apellido Corach, escribía en servilletas de papel el nombre de los jueces y los comisarios controlados por el régimen…
Efectivamente, en el caso del poder judicial, la dependencia de los otros dos en su formación es total. En algunos países como Albania o Austria, es el ejecutivo el que designa a la Corte Suprema de Justicia. Lo mismo en España y Bélgica, aún regidos por monarcas. En Croacia, Costa Rica, Sudáfrica, Polonia o Venezuela (por citar solo algunos) es la Asamblea legislativa la que designa a los principales jueces. Y en muchos países más, la elección de los mismos recae según distintas proporciones en una forma mixta donde algunos son elegidos por los parlamentos, otros por las autoridades ejecutivas y en algunos casos por parte del mismo poder judicial.
Bolivia será el primer estado del mundo en elegirlos directamente a través del pueblo soberano. Y esto, lejos de constituirse en orgullo nacional, enfurece a algunos detractores que promueven la no participación y el voto nulo. Entre otras cosas, la argumentación es que la elección está viciada por el proceso selectivo de los candidatos, cuyos méritos deben ser aprobados por dos tercios de la Asamblea legislativa Plurinacional, actualmente controlada por el partido gubernamental. Sin embargo, ningún opositor aclara que dicha mayoría especial ha sido lograda en base a elecciones democráticas y por tanto legitimadas por la población, sino que se pone en tela de juicio la orientación política que pudiera tener la nueva judicatura en base a los filtros previstos por la ley.
Pero precisamente es la necesidad de una renovada orientación estatal, incluyente y plurinacional, la que es abiertamente pregonada por el gobierno boliviano como un compromiso a ser asumido por el nuevo poder judicial.
Así las cosas, el hecho de que los jueces sean electos por la gente no es la única sorpresa agradable que se reserva a quien posa su mirada sobre el asunto. La obligación de que pertenecientes a las etnias originarias (al menos uno para cada tribunal) puedan figurar en la nominación a las magistraturas nos muestran la clara dirección de las transformaciones que llega al ámbito de la justicia. Un ámbito que siempre estuvo copado por la tradición cultural colonial, alejado de los intereses y la cosmovisión indígena y de muy difícil acceso – acaso hermético – para una buena parte de la población en razón de la lengua, las carencias de lectoescritura y los costos que el recurrir a un tribunal suponen.
Las buenas nuevas no terminarán aquí. La ley que convoca a estas elecciones exige que un cincuenta por ciento de los postulantes a los cargos (116 en total) sean de género femenino. Este esfuerzo hacia la paridad, pese a su carácter innovador en este caso, sigue una lenta pero constante tendencia mundial: cada vez hay más juezas en el mundo. Según el informe de las Naciones Unidas “World Women 2010”, en regiones como Europa Oriental, las encargadas femeninas de impartir justicia ya son el 64%, ocupando inclusive el 41% de los puestos en la Suprema Corte, máxima instancia judicial.
Por último, es significativo destacar que no es sólo “quienes” serán electos y “cómo”, sino también las importantes características de dos jurisdicciones que se constituirán a partir de esta elección.
Una de ellas es la Jurisdicción Agroambiental, que impartirá justicia en materia agraria, pecuaria, forestal, ambiental, aguas y biodiversidad. Este tribunal será seguramente la expresión jurídica de la defensa de los recursos ambientales y también un lugar decisorio en cuanto a la constitucionalmente aprobada legislación de restricción de la propiedad latifundista. Queda claro aquí también la obviedad de que aparezca una fuerte oposición en el sector terrateniente (o a su servicio) a que esta nueva justicia se erija.
La otra es la Jurisdicción Indígena Originaria Campesina, que – en palabras explicativas de la cartilla del TSE - “se fundamenta en el carácter Plurinacional del Estado, en los derechos de los pueblos indígenas originarios campesinos y en su libre autodeterminación, autonomía y autogobierno, imparte justicia en las naciones y pueblos indígena originario campesino, a través de sus propias autoridades, según sus normas y procedimientos.”
De esta manera queda más claro cómo estas elecciones se insertan en el proceso de cambio liderado por Evo Morales, quien por ello (y todo lo ya realizado), será claramente sospechado en público y temido en privado – al igual que otros tantos líderes latinoamericanos progresistas elegidos y apoyados por sus pueblos – de querer absolutizar y eternizar sus respectivas gestiones.
Por suerte para Latinoamérica y el proyecto en marcha de una nación sin fronteras al servicio del ser humano, las personas demostrarán en las urnas que adhieren a los nuevos tiempos y una vez más, harán historia.

* Javier Tolcachier es un investigador perteneciente al Centro Mundial de Estudios Humanistas, organismo del Movimiento Humanista.

0 comentarios: